Artículo 11. Participación en conferencias sectoriales y otros órganos de cooperación con la Administración del Estado.
Redacción vigente desde el 31/01/2008
La participación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las conferencias sectoriales y en la Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado corresponderá a las personas miembros del Consejo de Gobierno que tengan competencias sobre la materia o a las que, en cada caso, designe el Consejo de Gobierno.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE