Artículo 79. Publicidad y transparencia de la actuación administrativa.
Redacción vigente desde el 30/06/2014
La actuación de la Administración de la Junta de Andalucía se desarrollará con el máximo respeto a los principios de publicidad y transparencia, sin perjuicio de las limitaciones derivadas del derecho a la intimidad o de otros derechos constitucionales que gozan de una protección específica.
Para hacer efectivo estos principios, se reconoce el derecho a la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública en los términos previstos en la Ley de Transparencia Pública de Andalucía.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.