1. Los servicios públicos locales pueden gestionarse en forma directa o indirecta.
2. La gestión directa adoptará alguna de las siguientes formas:
a) Gestión por la propia entidad local.
b) Organismo autónomo local.
c) Entidad pública empresarial local.
d) Sociedad mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad pública y mayoritariamente de la propia entidad local o de un ente público de la misma.
3. La gestión indirecta comprenderá las siguientes formas:
a) Concesión.
b) Gestión interesada.
c) Arrendamiento.
d) Concierto.
e) Sociedad mercantil o cooperativa, cuyo capital social solo parcialmente pertenezca a la entidad local.
f) Las demás previstas en la legislación foral reguladora de los Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.