Los aprovechamientos en los montes comunales se realizarán sujetándose a las autorizaciones y condiciones establecidas en la normativa foral en materia forestal. En el ámbito de la cooperación interadministrativa, el Departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con competencias en materia forestal emitirá a instancia de la entidad local que lo solicite informe de valoración económica del aprovechamiento, teniendo dicha valoración carácter orientativo y no vinculante.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.