Disposición transitoria quinta. Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona.
Redacción vigente desde el 14/12/1998
Los recursos interpuestos en materia de protección de los derechos fundamentales de la persona con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley continuarán sustanciándose por las normas que regían a la fecha de su iniciación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).