1. La Intervención de Armas de la Guardia Civil entregará la guía de pertenencia al armero vendedor, para que éste, en su establecimiento y bajo su responsabilidad, la entregue al comprador, juntamente con el arma documentada.
2. Cuando la entrega hubiera de efectuarse a compradores en localidad distinta a aquella en que radique el establecimiento vendedor, será la Intervención de Armas correspondiente al lugar en que hayan de recogerla la encargada de cumplimentar los trámites.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).