Se halla en situación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena la persona extranjera mayor de dieciséis años autorizada a residir en España por un periodo superior a noventa días naturales e inferior a cinco años, y a ejercer una actividad laboral por cuenta ajena.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).