Los informes policiales en materia de seguridad y orden público a emitir en el marco de los procedimientos regulados en este Reglamento contendrán en todo caso el conjunto de la información obrante en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado adscritos a la Dirección General de la Policía.
Igualmente, los emitidos respecto al ámbito territorial de Comunidades Autónomas a las que se les haya traspasado competencias en materia de seguridad ciudadana y orden público, contendrán el informe sobre afectación del orden público aportado por la autoridad autonómica competente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).