Disposición transitoria decimotercera. Uniformidad del personal.
Redacción vigente desde el 11/01/1995
Los vigilantes de seguridad y los guardas particulares del campo, en sus distintas modalidades, podrán seguir utilizando la uniformidad que tuvieran autorizada con anterioridad, hasta que transcurra el plazo de dos años siguiente a la fecha de entrada en vigor de las normas que dicte el Ministerio de Justicia e interior al respecto, debiendo regirse por ellas finalizado dicho plazo.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.