Disposición adicional segunda. Representaciones de España en el exterior.
Redacción vigente desde el 10/03/2010
En las representaciones de España en el exterior se aplicará una adecuada política de prevención de riesgos que contenga acciones de salud laboral tendentes a lograr una normal y eficaz aplicación de los principios genéricos contenidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y los efectos de la aplicación del presente real decreto de adaptación a la misma, teniendo en cuenta las peculiaridades derivadas de su organización, dispersión geográfica y régimen aplicable a su personal.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).