Artículo 6. Expedición del permiso de circulación por cambio de servicio a histórico.
Redacción vigente desde el 01/10/2024
La Jefatura de Tráfico, a la vista de la documentación presentada, expedirá un permiso de circulación en el que constará el servicio histórico y anotará en el Registro de Vehículos el cambio de servicio a histórico.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).