1. Los almacenes subterráneos son excavaciones a las que se accede desde el exterior mediante un túnel, o una rampa.
2. La capacidad máxima de cada almacén subterráneo auxiliar asociado a un taller de fabricación será de 1.000 kilogramos de materia reglamentada.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).