En el ámbito de la presente ley, el ejercicio de la potestad sancionadora se regirá por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y por lo previsto en la presente ley y demás normativa de aplicación por razón de la materia.
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