1. El departamento de la Xunta de Galicia competente en el ámbito sanitario implantará un sistema de registro de casos de violencia de género en los servicios sanitarios, que permita dimensionar el problema, y del que facilitará información periódica al departamento de la Xunta de Galicia competente en materia de igualdad, según lo establecido en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
2. En las encuestas de salud se incluirán indicadores sobre la violencia de género.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).