1. El departamento competente en materia de igualdad establecerá anualmente un plan de ayudas económicas destinadas a las asociaciones de mujeres con sede en Galicia, para el desarrollo de actividades que promuevan la prevención, protección, asistencia y acompañamiento a las mujeres que sufren violencia de género.
2. El departamento competente en materia de igualdad establecerá ayudas económicas destinadas a que el movimiento asociativo en Galicia desarrolle actividades que promuevan la prevención y la erradicación de la violencia de género.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).