Artículo 62. Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.
Redacción vigente desde el 19/12/2007
1. Se crea el Consejo Andaluz de Participación de las mujeres, adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad, como órgano de participación de las organizaciones de mujeres en las políticas de igualdad de género de la Junta de Andalucía.
2. Sus funciones y composición se regularán mediante decreto del Consejo de Gobierno.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).