Las características del alumbrado exterior, ajustadas a las disposiciones de la presente ley y sus normas de desarrollo, se harán constar en los proyectos técnicos anexos a las solicitudes de los instrumentos de intervención administrativa ambiental previstos en esta ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.