A los casinos de juego autorizados con arreglo a la legislación anterior no les será de aplicación, en el supuesto de solicitud de renovación, lo establecido en el número 3 del artículo 11 de esta Ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).