Disposición adicional tercera. Hojas de reclamaciones.
Redacción vigente desde el 19/04/2017
Los preceptos de la presente ley referidos a los libros y hojas de reclamaciones en los establecimientos hosteleros deberán ser interpretados y aplicados conforme a lo dispuesto en la Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).