Disposición final octava. Modificación del Decreto 175/2021, de 8 de junio, por el que se regula la composición y el funcionamiento del Consejo Andaluz del Clima.
Redacción vigente desde el 01/05/2023
Se modifican los números 5.ª y 6.ª de la letra e del apartado 1 del artículo 5 del Decreto 175/2021, de 8 de junio, por el que se regula la composición y el funcionamiento del Consejo Andaluz del Clima, que quedan redactados así:
«5.ª Dos personas en representación y a propuesta de la organización empresarial más representativa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
6.ª Dos personas en representación y a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.»
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.