Disposición final séptima. Modificación del Decreto 131/2021, de 6 de abril, por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de Andalucía. Hacia una Economía Circular en el Horizonte 2030.
Redacción vigente desde el 01/05/2023
Se modifica el Decreto 131/2021, de 6 de abril, por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de Andalucía. Hacia una Economía Circular en el Horizonte 2030, en los siguientes términos:
Uno. Las letras i y l del apartado 2 del artículo 4 quedan redactadas así:
«i) Dos personas representantes de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de las mismas.»
«l) Dos personas representantes de la organización empresarial más representativa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la misma.»
Dos. La disposición final primera queda redactada así:
«Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto, así como para realizar las modificaciones que resulten necesarias en el Plan que se aprueba, previa consulta a la Comisión de Seguimiento.»
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.