Disposición final segunda. Modificación de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Redacción vigente desde el 17/11/2007
Uno. Se añaden cuatro nuevas definiciones al apartado 6 del artículo 11 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, con la siguiente redacción:
Peso
0-35 Tm
35-400 Tm
Más de 400 Tm
Nivel
94
80,87 + 8,51Log(mtow)
103
Peso
0-35 Tm
35-280 Tm
Más de 280 Tm
Nivel
98
86,03 + 7,75Log(mtow)
105
Peso
0-48,1 Tm
48,1-385 Tm
Más de 385 Tm
Nivel 1 o 2 motores
89
66,65 + 13,29Log(motw)
101
Peso
0-28,6 Tm
28,6-385 Tm
Más de 385 Tm
Nivel 3 motores
89
69,65 + 13,29Log(motw)
104
Peso
0-20,2 Tm
20,2-385 Tm
Más de 385 Tm
Nivel 4 motores o más
89
71,65 + 13,29Log(motw)
106
Dos. Se añade un nuevo párrafo D al apartado 8 del artículo 11 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, con la siguiente redacción:
Clasificación acústica
De 07:00 a 22:59 (hora local)–Porcentaje
De 23:00 a 06:59 (hora local)–Porcentaje
Categoría 1
70
140
Categoría 2
20
40
Categoría 3
0
0
Categoría 4
0
0
Tres. Se modifica el apartado 10.2 del artículo 11 de la Ley 14/2000 de 29 de diciembre, con la siguiente redacción:
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).