1. La Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, en colaboración con las demás administraciones públicas, elaborará el Censo del Patrimonio Documental Valenciano y el Catálogo del Patrimonio Bibliográfico y Audiovisual Valenciano, a cuyo efecto podrá recabar de los titulares de derechos sobre los bienes que lo integran el examen de los mismos y las informaciones pertinentes.
2. La exclusión de bienes del patrimonio documental, bibliográfico y audiovisual valenciano del Censo o del Catálogo a que se refiere el apartado anterior se hará por resolución de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, de oficio o a solicitud de sus propietarios o poseedores.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.