Artículo 15. Competencias del Consello de la Xunta de Galicia.
Redacción vigente desde el 23/05/2007
Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consejería competente en materia de seguridad, dictar las normas generales de coordinación en el marco de la presente ley, previo informe de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).