La Policía local de cada ayuntamiento se integrará en un cuerpo único, sin perjuicio de la organización interna que se adopte por reglamento, ajustándose a lo establecido en la presente ley y a las disposiciones reglamentarias que la desarrollen.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).