Los miembros de los cuerpos de la Policía local tienen derecho a una revisión médica anual.
Reglamentariamente se determinarán las pruebas médicas que hayan de incluirse en la revisión anual.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).