Disposición adicional segunda. Favorecer la visibilidad.
Redacción vigente desde el 08/05/2018
Los poderes públicos destinarán medios para las conmemoraciones de las fechas de celebración y los actos y eventos que fomentan la visibilización de las personas objeto de protección de esta Ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).