Artículo 59. Normativa de aplicación al procedimiento sancionador.
Redacción vigente desde el 05/06/2007
En la tramitación de las infracciones y en la imposición de las sanciones contempladas en la presente ley se observarán los principios del título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico y del procedimiento administrativo común, aplicándose lo dispuesto en este capítulo y, en todo lo no previsto en el mismo, la normativa gallega sobre el ejercicio de la potestad sancionadora.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).