Disposición final primera. Actualización de multas.
Redacción vigente desde el 27/11/2006
Se autoriza a la persona titular de la consejería competente en la materia objeto de la presente Ley para que actualice periódicamente, con el límite de las variaciones del Índice de Precios al Consumo, las cuantías de las multas previstas en la misma.
Texto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (datos abiertos, CC BY 4.0); no recoge modificaciones posteriores. Ver en el BOJA