Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Redacción vigente desde el 26/03/2011
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo normativo y para la ejecución de esta ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).