Artículo 77. Estimación indirecta de la base imponible.
Redacción vigente desde el 10/08/2010
En los supuestos establecidos en el artículo 53 de la Ley General Tributaria, la Administración determinará la base imponible en régimen de estimación indirecta, utilizando para ello cualquiera de los medios referidos en el citado artículo.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.