Artículo 32. Interés social de la expropiación por incumplimiento del deber de conservación.
Redacción vigente desde el 19/04/2001
Es causa de interés social a efectos de expropiación el incumplimiento del deber de conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Asturias.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).