1. Para el ejercicio de la caza en el Principado de Asturias, además de la licencia, es necesario contar con el permiso específico del órgano competente en materia de caza.
2. Los permisos de caza son personales e intransferibles y autorizan al titular al ejercicio de la actividad cinegética en las condiciones fijadas en los mismos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).