El Consejo de Gobierno, a propuesta del órgano competente en la materia, dictará en el plazo de un año, las disposiciones reglamentarias que fueran precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).