Disposición final primera. Modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Redacción vigente desde el 23/11/1995
1. La letra c) del apartado 3 del artículo 73 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, cuyo actual contenido pasa a ser la letra d) del mismo apartado, queda redactada en los siguientes términos:
2. El apartado 2 del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, queda redactado en los siguientes términos:
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).