Los establecimientos que se dediquen a fabricar armazones y a construir piezas semielaboradas tendrán sus distintos utillajes clasificados numéricamente y estarán obligados a dar previo aviso por escrito a las intervenciones de armas, del día y hora en que comiencen la ejecución de cada uno de los procesos de fabricación, pudiendo dichas Intervenciones nombrar un representante para presenciarlas, cuando lo estimen necesario.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).