1. El Tribunal tendrá una Secretaría cuyas funciones y organización se establecerán en el reglamento del Tribunal.
2. Cuando esté constituido en formación de juez único, el Tribunal estará asistido de ponentes, que actuarán bajo la autoridad del Presidente del Tribunal. Formarán parte de la Secretaría del Tribunal.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE