Las Juntas Locales de Protección Civil estarán presididas por la persona titular de la Alcaldía o persona en la que delegue el cargo y estará compuesta por representantes del ayuntamiento y de otras Administraciones Públicas, así como por otras organizaciones públicas o privadas que se consideren de interés, y será la establecida en sus reglamentos de organización y funcionamiento.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta