Disposición adicional tercera. Convenios de colaboración y ayudas.
Redacción vigente desde el 07/04/2008
La Administración de la Junta de Andalucía podrá suscribir convenios de colaboración y otorgar ayudas a las asociaciones de protección y defensa de los animales cuando se considere necesario, a efectos de garantizar en el ámbito de cada provincia la existencia de, al menos, un refugio adecuado para animales abandonados, perdidos y decomisados.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta