Disposición adicional primera. Regulación del Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones.
Redacción vigente desde el 20/05/2026
En el plazo máximo de un año a contar desde la entrada en vigor del presente decreto, por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de consumo se regulará el Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones, incluida el alta en el mismo que, en todo caso, será sencilla, automática y en un solo acto, una vez que se introduzcan los datos identificativos requeridos por la aplicación.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta