1. Las características y diseño de los medios técnicos de los Cuerpos de la Policía Local, se determinarán en la Orden que desarrolle el presente Decreto.
2. Se faculta al titular de la Consejería de Gobernación para aprobar las disposiciones necesarias en desarrollo del presente Decreto.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta