Artículo 52. Causas de finalización de la legislatura.
Redacción vigente desde el 02/03/2007
La legislatura finaliza por expiración del mandato al cumplirse cuatro años de la fecha de las elecciones. Puede finalizar también, anticipadamente, si no tiene lugar la investidura del Presidente o de la Presidenta de las Illes Balears. Finalizará de manera anticipada por disolución acordada por el Presidente o la Presidenta del Gobierno de las Illes Balears.
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