1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, constituida por órganos jerárquicamente ordenados bajo la dirección de la Xunta, tiene personalidad jurídica única y posee la capacidad de obrar necesaria para llevar a cabo sus fines.
2. La actuación de la Administración se ajusta a los principios de legalidad, objetividad, servicio al interés general, publicidad, eficacia, jerarquía, economía del gasto público, desconcentración y coordinación entre sus órganos.
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