La Xunta podrá crear en su seno Comisiones Delegadas para coordinar la elaboración de directrices y disposiciones, programar la política sectorial, examinar asuntos de interés interdepartamental y preparar las reuniones del Consello.
El régimen general de funcionamiento de las Comisiones, habrá de ajustarse a los criterios establecidos en esta ley para el Consello.
En todo caso el Decreto de creación de una Comisión Delegada deberá contener la composición y Presidencia de la misma y las competencias asignadas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).