La resolución del procedimiento se adoptará en el plazo de nueve meses desde su iniciación por la Junta de Castilla y León y se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León», en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial» de la provincia respectiva. Así mismo, se dará traslado de ella a la Administración del Estado.
Cuando la resolución no se adopte en el plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá desestimada la petición.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).