Los Cuerpos de policía local actuarán ordinariamente en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en los supuestos previstos en los artículos 30 y 31.3 de la presente Ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE