Artículo 40. Servicio de Urgencias Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Redacción vigente desde el 23/09/2022
El Servicio de Urgencias Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, disponible todos los días del año, veinticuatro horas al día, prestará la información, orientación, acompañamiento y traslado necesario, en su caso, a mujer víctima de violencia de género, sus hijas e hijos a su cargo, así como de otras personas convivientes sujetas a su guarda o curatela y personas convivientes dependientes o a su cargo, que sean víctimas de dicha situación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).