Disposición transitoria segunda. Observatorio sobre Violencia de Género de La Rioja.
Redacción vigente desde el 23/09/2022
El Observatorio sobre Violencia de Género de La Rioja se constituirá en el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley.
Hasta la efectiva constitución del Observatorio sobre Violencia de Género de La Rioja, sus funciones y competencias se asumirán por la Comisión Institucional de La Rioja para la coordinación de actuaciones de sensibilización, protección y recuperación integral de las víctimas de violencia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).