Artículo 40 ter. Garantía de acceso a estudios universitarios.
Redacción vigente desde el 01/01/2018
La Administración de la Comunidad de Castilla y León garantizará el acceso gratuito a los estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como a los servicios complementarios en las universidades públicas de Castilla y León a los estudiantes que sean hijos o hijas de mujeres fallecidas por violencia de género, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).