Artículo 68. Colaboraciones específicas en materia de transparencia y buen gobierno.
Redacción vigente desde el 30/04/2021
1. El Síndic de Greuges colaborará, de forma específica, con todos aquellos organismos y entidades que, desde su respectivo ámbito material de atribuciones, velen para garantizar que las administraciones públicas sirvan con objetividad los intereses generales y actúen con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
2. En particular, el Síndic de Greuges cooperará con la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, con el Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y con todos aquellos organismos que contribuyan a establecer criterios y adoptar medidas de control con el fin de lograr que la actuación de los poderes públicos se rija por los principios de integridad, transparencia y buen gobierno.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).